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Transportes Iceberg de Colombia

Transportes Iceberg de Colombia

POLITICA DE PREVENCION DE ADICCIONES

GR-PO-02

Es responsabilidad de todos los trabajadores directos e indirectos y contratistas de TRANSPORTES ICEBERG DE COLOMBIA S.A., garantizar un ambiente de trabajo seguro y saludable, libre del consumo de alcohol, drogas, tabaco y otras adicciones en todos los sitios de trabajo.

La Gerencia General establece que son de obligatorio cumplimiento, para todos los trabajadores directos e indirectos y contratistas de TRANSPORTES ICEBERG DE COLOMBIA S.A., las siguientes disposiciones:

Está prohibido poseer, consumir, promover o comercializar, bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, drogas ilícitas y medicamentos controlados no recetados, prestando servicio para TRANSPORTES ICEBERG DE COLOMBIA S.A., así mismo fumar dentro de las instalaciones de la empresa, o mientras se encuentre conduciendo vehículos que se encuentren en operación para la empresa.

TRANSPORTES ICEBERG DE COLOMBIA S.A., promueve espacios libres de humo de tabaco y sus derivados para garantizar que el personal pueda respirar aire libre de estos restringe el consumo de tabaco dentro de las instalaciones y solo podrán realizarlo en los espacios designados para esto.

Está prohibido presentarse al sitio de trabajo o realizar cualquier labor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas o drogas ilícitas, así como el abuso de medicamentos de venta libre.

Está prohibido el uso de cualquier sustancia que atente contra la seguridad propia o la de otros trabajadores directos e indirectos y contratistas en el desempeño laboral, en ningún caso se sancionará o despedirá a un trabajador por el hecho de pedir ayuda para vencer alguna dependencia o por estar en tratamiento de rehabilitación, sin embargo la Gerencia puede no permitir el desarrollo de las actividades laborales en caso de verse comprometida la seguridad de los propios trabajadores de la empresa, visitantes o cualquiera de las partes involucradas.

TRANSPORTES ICEBERG DE COLOMBIA S.A., se reserva el derecho de exigirle a cualquier trabajador directo, indirecto y contratista someterse a las pruebas de alcoholemia o sustancias alucinógenas o drogas ilícitas que se requieran durante el desarrollo de sus actividades, de manera aleatoria por medio de los equipos de detección de alcohol en aliento y/o en pruebas en saliva y orina y de ser necesario realizar pruebas en sangre de acuerdo a requerimientos en laboratorios autorizados y siguiendo los protocolos establecidos por la legislación colombiana.

En caso de detectarse una prueba positiva se aplicaran las sanciones especificadas en el reglamento interno de trabajo y/o las solicitadas por los clientes.


Vv.0.3 20 de abril de 2023

Aprobado por

MIGUEL GONZALEZ

GERENTE OPERATIVO